¿Es obligatorio llevar el recibo del seguro en el coche?

27/09/2022
seguro de coche dentro del coche

Contratar un seguro de coche que como mínimo responda por nosotros frente a los perjuicios que podemos ocasionar a terceros o pasar la ITV (Inspección Técnica de Vehículos) son algunas de las tantas obligaciones que tiene cualquier conductor en España. Pero, ¿qué pasa con la documentación que debemos llevar en nuestro vehículo?

En caso de accidente y otros motivos relacionados con el tráfico, la forma más sencilla de reconocer un coche es a través de ciertos documentos como la tarjeta de la ITV o el permiso de circulación de vehículos. ¿Te pueden sancionar por no llevar estos y otros documentos? ¡Te lo explicamos de inmediato!

Aunque la ley exige al propietario de un vehículo contratar un seguro de coche, desde el año 2008 y gracias a la llegada del FIVA (Fichero Informativo de Vehículos Asegurados), ya no es obligatorio llevar el recibo del último pago del seguro del coche ni la póliza en cuestión.

Y es que, gracias al FIVA las autoridades de tránsito pueden verificar ‘in situ’ si un vehículo está o no asegurado. Tampoco es necesario llevar ningún documento que acredite que tenemos al día el pago del impuesto de circulación que se liquida cada año, ya que cualquier policía o agente de la Guardia Civil puede consultarlo por internet.

En cualquier caso, nuestro consejo es llevarlos en el coche por cualquier fallo técnico que pueda impedirle al agente conectarse a esta base de datos.

Son tres los documentos que puede solicitarte un agente de tráfico. Son documentos que acreditan que cumples con la ley y que puedes circular con total seguridad.

-        Permiso de conducción: bien sea el definitivo o la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico. Si eres quien conduce el coche, tienes que portarlo con carácter obligatorio.

-        Permiso de circulación del vehículo: llevar el recibo del impuesto de circulación en el coche es obligatorio. En este documento figuran los datos personales de su propietario y las características técnicas del vehículo.

-        Tarjeta de inspección técnica del vehículo: es necesario portar el último informe de la ITV y la pegatina pegada en el parabrisas.

Recuerda que, si viajas en un coche de alquiler, también estás obligado a llevar esta misma documentación, por lo que antes de abandonar la empresa de alquiler, es imprescindible que compruebes que están todos los papeles en orden y disponibles en el coche.

Si pierdes los papeles del coche, lo primero que tendrás que hacer es acudir a la comisaría y poner una denuncia, ya sea por robo o extravío. Esta es la mejor forma de evitar un uso fraudulento por parte de terceros.

Para solicitar los duplicados tendrás que pedir cita previa en la Jefatura de la DGT y en la ITV.

A excepción del recibo del seguro de coche que acredite que estamos al día, no llevar algunos de los documentos mencionados anteriormente conlleva una multa administrativa de 10 euros por cada uno de los papeles que no podamos facilitar al agente de tráfico.

Ten en cuenta que las copias no son válidas, pero sí las copias compulsadas (solo si viajas en territorio español). En el caso de viajar en coche por el extranjero tendrás que llevar la documentación original.

Cuidado con llevar un permiso de conducir caducado o con una dirección que no coincida con la que aparece en tu DNI (Documento Nacional de Identidad). Esta falta se penaliza con una multa de 80 euros.

No salgas de casa sin estos documentos. Aunque no vayas muy lejos, basta un despiste para ser sorprendido por un control o, en el peor de los casos, verse involucrado en un accidente de tráfico.

Recuerda que también cuentas MiDGT, la aplicación oficial de la DGT con la que puedes llevar todos esos documentos de forma digital.

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