El Asegurado es la persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro que, en defecto del Tomador, asume las obligaciones derivadas del contrato.

Dependiendo de el tipo de riesgo que se esté asegurando, éstas figuras pueden tomar distintos aspectos. En el caso de un seguro de incendios, el asegurado sería el propietario de los bienes que cubre la póliza, en el caso de un seguro de accidentes o vida el asegurado sería la persona cuyos daños personales están asegurando.

En la práctica, la figura del asegurado se ve acompañada por otras representaciones personales que unas veces son las mismas y otras, son independientes:

  1. El suscriptor de la póliza, denominado generalmente tomador del seguro, es el encargado, normalmente, del pago de la prima.
  2. El asegurado.
  3. El beneficiario, cuya única relación en el contrato del seguro es la de ser titular del derecho indemnizatorio.

La figura de asegurado puede coincidir o no en los contratos con las de contratante y beneficiario.

Es posible que en algunos casos, como son los seguros colectivos, las figuras puedan ser completamente distintas, al suscribir una empresa (contratante) un seguro colectivo para sus empleados (asegurados) que pudieran llegar a cobrar sus herederos (beneficiarios)

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