Un bien mueble es todo lo contrario a un bien inmueble. Es un objeto o elemento tangible y material que puede ser transportado fácilmente de un lugar a otro manteniendo su integridad y por lo tanto brindando exactamente la misma utilidad.

La utilidad e integridad de un bien mueble no depende del lugar dónde se encuentre sino de sus características físicas.

Ejemplos de bienes muebles son el mobiliario de un lugar, objetos decorativos como obras de arte, vehículos, aparatos electrónicos, joyas, papel moneda o libros, entre otros.

Por el contrario, los bienes inmuebles son aquellos que se encuentran inevitablemente vinculados al suelo (o al lugar específico donde se encuentran). Por ejemplo, una casa, un edificio, una nave industrial, etc.

Dependiendo del ámbito legal en que se contemple, se puede considerar un objeto como bien mueble o inmueble. Es decir, en el Derecho Civil, todo lo que se encuentre adherido al suelo u otras superficies (lavabos, baldosas, neveras, etc.), no tiene la consideración de bien mueble. En cambio, en el Derecho Penal, estas piezas sí que son consideradas bienes muebles dado que pueden ser objeto de robo o hurto.

Es necesario proteger nuestros bienes muebles con un seguro que cubra su valor total. Hay situaciones en las que es posible incluir este tipo de bienes en tu seguro del Hogar, aunque en otros casos es recomendable la contratación de un seguro específico para garantizar el objeto de valor. Así pues, si nuestra intención es que nuestros bienes sean incluidos en el seguro del Hogar, deberá quedar reflejado en las condiciones del contrato de dicho seguro. No obstante, cabe la posibilidad de optar por una póliza que disponga de una cobertura más amplia y especializada, con la que cubrir el coste total de un bien mueble en caso de robo, hurto o desaparición de este.

 
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