Contratar un seguro de inquilino: ¿es necesario?

19/10/2020
Contratar un seguro de inquilino

Vivir de alquiler tiene muchas ventajas, pero también algunos inconvenientes que quizás nunca te habías planteado. Imagina por un momento que te descuidas y dejas un grifo abierto. Como consecuencia de ello se inunda la casa provocando, a su vez, goteras en el piso de abajo. ¿El seguro de hogar cubre al inquilino? ¿Quién sería el responsable de correr con los gastos de reparación?

Lo primero que debes saber es que la ley no exige la contratación de un seguro de hogar y, además, señala que el inquilino es responsable de mantener la propiedad en buen estado y entregarla en las mismas condiciones en las que la recibió.

Aunque eso no es todo, ya que el arrendatario debe hacerse cargo de solucionar cualquier daño causado a la vivienda o a la de un vecino. Es en estos casos cuando contratar un seguro de hogar para inquilinos puede evitarte más de un dolor de cabeza y ahorrarte un dinero.

Así pues, es importante que los daños a terceros y también los accidentes, robos u otros siniestros como los incendios estén cubiertos por un seguro de vivienda alquilada que, en otras palabras, es una póliza de hogar que se adapta a las necesidades del inquilino y pone a su disposición las coberturas convencionales y otras garantías adicionales que lo protegen en caso de cualquier eventualidad.

Es una pregunta muy habitual, que genera dudas tanto al arrendador como al arrendatario. La realidad es que ambos deberían contratar su propio seguro. Antes de explicarte los motivos, debes saber que existen tres conceptos fundamentales que marcan las diferencias para saber quién paga qué: el continente, el contenido y la responsabilidad civil. Te los explicamos a continuación:
Este concepto hace referencia a todo aquello que tiene que ver con la estructura del edificio. Las paredes, suelos, tejados y en general todos los materiales y las instalaciones que lo constituyen. La responsabilidad de proteger todo lo relativo al continente es del arrendador, por lo que, si algún material o parte de la estructura de la vivienda se vieran afectados, será la compañía aseguradora del propietario la que deba responder siempre que se pueda probar que el daño no ha sido responsabilidad del inquilino.
Es todo lo que tenemos dentro de la vivienda: los muebles, los electrodomésticos, los objetos personales, la ropa, las joyas, cualquier elemento decorativo de alto valor, los equipos electrónicos, etc. Al tratarse de las pertenencias del inquilino, es a él a quien le compete contratar un seguro de vivienda alquilada que lo cubra en situaciones de robo, sobre las cuales la póliza del casero no tendría ninguna obligación de responder.

Este concepto hace referencia a la cobertura de reparaciones o indemnizaciones producidas en el bien alquilado y que afecten a un tercero. Llegados a este punto, es un poco complejo definir quién es el responsable de contratar el seguro del hogar, pero podemos empezar por entender ante qué tipo de situación nos encontramos y establecer de quién ha sido la culpa.

Por ejemplo, si el inquilino ha olvidado apagar el horno y causa un incendio, es su seguro el que debe hacerse responsable de todos los daños ocasionados; mientras que, si hablamos de una gotera o de humedades que afectan también a un vecino, pero que no son derivadas de un mal uso de la vivienda por parte del inquilino, entonces podemos decir que es el seguro del propietario quien debe hacerse cargo de todas las reparaciones.

 

En definitiva, seas el arrendador o el arrendatario conviene que contrates un seguro que te cubra ante cualquier tipo de eventualidad que pueda ser tu responsabilidad.

Cuando alquilamos una vivienda, tenemos la obligación de pagar una fianza legal que debe ser depositada por el arrendador en el organismo fijado por la comunidad autónoma correspondiente. Dicha cantidad no está destinada a garantizar el pago de la renta, pero sí a la reparación de posibles daños causados por el inquilino.

También se puede perder la fianza al marcharnos antes de la fecha de finalización del contrato o si no pagamos el último mes. En estos casos, el propietario podría solicitar una indemnización y hacer uso de la fianza. Pero ¿qué pasa cuando nuestro comportamiento como inquilinos ha sido impecable y el arrendador se niega a devolverla? El seguro de hogar cubre al inquilino y le ayuda a reclamarla y recuperarla por vía amistosa o por la vía judicial.

Para el dueño de la propiedad, es fundamental contar con una cobertura frente a los daños que sufra la casa sin que nadie sea el responsable. Los siniestros derivados de un fuego, de fenómenos atmosféricos, de inundaciones o de daños eléctricos son ejemplos claros de aquellos incidentes que debe asumir e indemnizar la compañía aseguradora. Por otro lado, la póliza también puede incluir asistencia jurídica y la responsabilidad civil.

En el caso del inquilino, debe contratar un seguro de hogar que ofrezca protección frente al casero y al propio contenido. Asimismo, debe incluir la responsabilidad civil ante terceros y la garantía de amparo frente a situaciones de robo. Como un extra, nunca está de más agregar la recuperación de fianza. 

Como ves, contratar un seguro de hogar no es obligatorio a menos que se trate de una propiedad hipotecada. No obstante, merece la pena contar con todas las garantías que, en el futuro, nos ayuden a responder ante situaciones que no solo puedan ocasionarnos importantes preocupaciones, sino también el desembolso de grandes cantidades de dinero.

Sin duda, se trata de una inversión segura y rentable que nos ofrece tranquilidad en los momentos más complicados. Si tienes dudas sobre cuáles son las coberturas que más te convienen, contacta con nuestros asesores.


Contacta con nosotros y calcula el precio de los seguros de coches. Te damos toda la información que necesitas. Descubre también los mejores precios para un seguro de vida adaptado a tus necesidades. Ahorra tiempo y dinero e infórmate en Allianz.

#coberturas #seguros #hogar #inquilinos #segurosparaalquileres
seguro hogar al vender casa
Has decidido vender tu piso o tu casa porque quieres buscar algo más mejor, así que empiezas a hacer los trámites necesarios para poder hacerlo correctamente, sin dejar documentos ni cuentas pendientes: dar de baja los servicios contratados, sanear las paredes, sacar el mobiliario…pero ¿y el seguro de hogar que tengo contratado? No te preocupes, te lo contamos todo a continuación.
¿Te llamamos?
Déjanos tu teléfono y nos pondremos en contacto contigo
Asesoramiento jurídico y médico
De lunes a jueves de 9h a 19h y viernes de 9h a 18h