¿El seguro de moto puede ir a nombre del padre o de la madre?

06/10/2022
¿Puede ir el seguro de moto a nombre del padre?

Para poder contestar a estas cuestiones, antes de nada, conviene diferenciar cada una de las figuras jurídicas del seguro de un vehículo, ya que el tomador, el propietario y el conductor pueden ser personas diferentes.

●       Tomador: es quien firma el contrato de la póliza en la aseguradora y cubre el gasto de esta.

●       Propietario: es el titular del vehículo y, por tanto, la persona que aparece en el permiso de circulación. Además, el propietario es el encargado de contratar el seguro de responsabilidad civil obligatorio, independientemente de quién sea el conductor y el tomador. De lo contrario, será quien reciba la sanción.

●       Conductor: es la persona o personas que aparecen como conductores en el seguro del tomador de la póliza.

La situación más común es que el propietario del vehículo sea, a su vez, tomador y conductor. Sin embargo, es posible que se den otros escenarios como que un tercero figure como tomador de la póliza y corra con los gastos sin necesidad de que aparezca en el seguro como conductor habitual, o que un tercero aparezca como usuario sin ser propietario ni tomador. Es, por ejemplo, lo que ocurre cuando los padres contratan el seguro para su hijo o hija.

Cada compañía de seguros tiene sus propias condiciones. Por lo general, siempre encontrarás una opción donde el propietario del vehículo, el tomador de la póliza y el conductor puedan no ser la misma persona, para que el seguro de moto pueda ir a nombre del padre o la madre de quien utilice el vehículo asiduamente. No obstante, existen excepciones.

La obligación de que el tomador del seguro y el propietario del vehículo sean la misma persona puede darse cuando el titular de la motocicleta no alcanza la edad especificada por la aseguradora. Además, la compañía de la póliza también tendrá en cuenta si el titular tiene o no carnet de conducir.

Si la persona propietaria del vehículo es menor de la edad establecida por la aseguradora y no tiene carnet, la compañía de seguros podrá exigir un documento en el que se manifieste su renuncia a manejar la moto.

Cuando un familiar contrata un seguro para otro conductor, este debe ser completamente fiel a los datos, especialmente en lo referente a la edad. Las compañías aseguradoras vigilan con meticulosidad esta información. Al fin y al cabo, los jóvenes tienen poca experiencia al volante y, por ende, aumenta el riesgo de siniestralidad.

Otro de los datos necesarios al contratar un seguro es especificar el número de conductores habituales del vehículo. De no hacerlo, en caso de siniestro, la aseguradora, en función del acuerdo firmado, podría reclamar los daños pagados si esta información no está detallada en la póliza.

Hay que tener en cuenta que en caso de que se quisiera cambiar el nombre del tomador del seguro, solo podrá hacerse en caso de fallecimiento del tomador principal. De lo contrario, será necesario cancelar la póliza y realizar una nueva.  

Si el conductor de la moto tiene un accidente y su nombre figura en el contrato de la póliza, el siniestro estará cubierto por el seguro. Sin embargo, si los datos proporcionados incumplen las condiciones del contrato, la compañía de seguros podría reclamar el pago de la devolución.

Independientemente de si el seguro de moto está a nombre del padre o de la madre, conocer los pormenores de la póliza es fundamental antes de permitir que otra persona conduzca el vehículo. De esta forma, el seguro garantizará la protección de los conductores en cualquier desplazamiento y se evitarán así sorpresas mayores.

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