Cómo gestionar la baja del padrón tras un fallecimiento

Cómo gestionar la baja del padrón tras un fallecimiento

23/12/2020
Como seres humanos, nos cuesta hablar de la muerte. Es un tema muy sensible que debe ser abordado con un grado de madurez e inteligencia emocional, puesto que algún día todos nos enfrentaremos a ello. Ante el fallecimiento de un ser querido, conviene saber que no solo tendremos que hacerle frente al dolor que produce la partida de un familiar, sino que también debemos hacernos cargo de una serie de trámites administrativos para los que no tendremos cabeza, pero que son necesarios. Dar de baja el empadronamiento de un difunto es uno de ellos. Desde Allianz queremos explicarte cómo llevarlo a cabo y cómo un seguro de decesos puede ayudarte a ahorrar tiempo para dedicarlo a sobreponerte emocionalmente.
Imagen de un gestor firmando un contrato

Cuando muere una persona cercana, conviene tener a mano información clara sobre las gestiones que se deben llevar a cabo para dejar todo en orden y cumplir con lo que dicta la ley. El certificado de defunción o el de últimas voluntades no son los únicos documentos que debemos tramitar, pero sí los más comunes. A ellos se suma la baja en el padrón.

Mudarnos no es la única razón para dar de baja un empadronamiento. El fallecimiento de una persona también es motivo de ello y, aunque es uno de los papeleos menos complejos, es aconsejable tenerlo en cuenta y evitar, por desconocimiento o por el vencimiento de algún plazo, dejarlo pasar.

Debes saber que dar de baja el empadronamiento en Barcelona o en cualquier otra comunidad autónoma de España es bastante sencillo. Aunque lo gestiona cada ayuntamiento, en términos generales, el trámite es muy similar.

Las bajas en el padrón motivado por un fallecimiento se llevan a cabo de oficio a través de la información que facilita periódicamente el Registro Civil. Es decir, que cada mes el ayuntamiento correspondiente recibe de esta institución o, según el caso, del Instituto Nacional de Estadística, información sobre los ciudadanos que deben ser dados de baja por defunción.

Otra opción es dar de baja el empadronamiento del fallecido de manera presencial, previa presentación del certificado de defunción o del libro de familia. Es importante consultar con la Oficina de Atención a la Ciudadanía de tu distrito si es necesaria la solicitud de cita previa.

Los familiares del fallecido son las personas autorizadas para solicitar la baja del padrón municipal. En cualquier caso, si el difunto contaba con un seguro de decesos, este es uno de los tantos trámites de los cuales se puede hacer cargo la empresa aseguradora.

Para solicitarlo, es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Certificado de defunción.
  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia que acredite la identidad de la persona que solicita el trámite.

Dado que no podemos predecir lo que pasará el día de mañana, pero sí controlar nuestras decisiones en vida, una cuestión que debemos meditar es la contratación de un seguro de decesos. Además de ofrecerle cierta tranquilidad y estabilidad a tus seres queridos tras tu partida, una póliza de este tipo cubre todo lo relacionado con el fallecimiento del asegurado y los traslados.

El Certificado de Últimas Voluntades, la baja en la Seguridad Social o la declaración del deceso ante el Registro Civil son algunas de las gestiones de las que se puede hacer cargo la compañía de seguros.

Como ves, un seguro de decesos no solo cubre los costes que implica la muerte del asegurado. Es también garantía de tranquilidad para tu núcleo familiar en medio del dolor y de las preocupaciones. Si necesitas asesoramiento al respecto, contacta con nuestros expertos y encuentra las coberturas que más se adapten a tus necesidades.

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