Situación que se produce cuando el valor del objeto asegurado en la póliza es inferior al que realmente tiene. Ante esta situación y salvo a un pacto distinto, si se produce un siniestro, la aseguradora indemnizará en la misma proporción que en la proporción existente entre el valor del objeto asegurado en el infraseguro y el valor real de dicho objeto.

Por ejemplo: Si un edifico valorado en 800.000 € se asegura por 500.000 €, es decir, el 62,5% de su valor real, (Infraseguro) y se produce un siniestro por valor de 600.000 €; la Entidad Aseguradora, en virtud de la Regla Proporcional, solo está obligada a indemnizar por 370.500 € (el 62,5%).

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