Tienen la consideración de riesgos extraordinarios y catastróficos: 

Fenómenos de la naturaleza del tipo: Terremotos y maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caídas de cuerpos siderales y aerolitos. 

Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular. 

Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz.  

Toda la información sobre Riesgos Extraordinarios y Catastróficos en:  Riesgos Cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros

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