Seguro de convenio ¿Qué es y cómo funciona?

27/12/2021
Seguro de convenio

Como bien lo indica su nombre, un seguro de convenio colectivo es un tipo de póliza que las empresas suscriben a favor de sus trabajadores. Gracias a él se cubren los accidentes y enfermedades derivadas de la propia actividad laboral.

En un seguro de convenio colectivo el tomador de la póliza es la empresa, mientras que los beneficiarios son los trabajadores. Son seguros obligatorios y, en función del ámbito territorial pueden clasificarse en: nacional, autonómico, provincial y de empresa.

Hasta ahora hemos visto que los seguros de convenio colectivo están destinados a cubrir los accidentes laborales que pueden sufrir los empleados mientras ejercen su profesión. Asimismo, ofrecen atención médica en caso de enfermedad profesional o común.

Estos seguros pueden cubrir únicamente las horas correspondientes a la jornada laboral o las 24 horas del día, cuestión que encarece significativamente la prima. En cualquier caso, se trata de pólizas que se personalizan en función de las necesidades de la empresa, del sector en el que operan, del número de empleados, etc.

Es en la negociación colectiva donde se establece cómo será indemnizado cada trabajador en caso de que ocurriese un accidente laboral.

Lo habitual es que un seguro de convenio colectivo responda en situaciones de fallecimiento, invalidez, atención médica y enfermedad laboral. No obstante, como hemos dicho, los seguros de convenio colectivo varían de forma importante entre empresas. ¡Veamos cuáles son las coberturas más comunes en un seguro de convenio!

Según lo acordado en las condiciones contractuales, un seguro de convenio colectivo ofrece las siguientes garantías aseguradas:

  • Enfermedad profesional. Es una cobertura que no suele faltar en un seguro de convenio colectivo. Está vinculada a las actividades laborales que lleva a cabo el trabajador y que podrían ocasionar siniestros como: fallecimiento por enfermedad profesional, invalidez absoluta producto de una enfermedad profesional, invalidez parcial permanente a raíz de una enfermedad laboral.
  • Accidente no laboral. Algunas empresas suscriben pólizas con mayores coberturas como la protección contra accidentes no laborales. Protegen al trabajador ante cualquier incidente que se suscite fuera del lugar de trabajo. Cubren situaciones como: fallecimiento, invalidez absoluta o invalidez parcial producto de un accidente fuera del trabajo o por accidente de tráfico.
  • Enfermedad común. No todas las aseguradoras incluyen esta cobertura, sin embargo, en los últimos años se ha añadido para ofrecer a las empresas mayor protección para sus trabajadores.

Esta cobertura se activa cuando el asegurado fallece o sufre invalidez parcial o absoluta producto de una enfermedad común.

En lo que respecta al seguro de convenio colectivo existen algunas limitaciones en las coberturas que debemos tener en cuenta:

  • El seguro no se responsabiliza por las coberturas que no estén incluidas en el texto de los Convenios Colectivos Laborales.
  • Tampoco estarán cubiertos aquellos trabajadores que no estén debidamente dados de alta en la Seguridad Social.
  • Quedan excluidos de la protección del seguro los empleados que no figuren en los documentos RNT (Relación Nominal de Trabajadores) y/o RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones).
  • No podrán beneficiarse de las garantías y coberturas del seguro de convenio colectivo aquellos trabajadores en situación de incapacidad temporal producto de un accidente o de una enfermedad común o profesional.
  •  No estarán incluidos en las coberturas aquellos trabajadores que estén pendientes de calificación de lesiones y secuelas derivadas de un accidente ocurrido antes de la firma del contrato de seguro o de la inclusión del trabajador en la plantilla de la empresa contratante.

Para los autónomos y PYMES existe un seguro flexible que se adapta al tamaño de la empresa y al sector en el que opera. Se trata del seguro para autónomos.

Estos seguros protegen los intereses de las personas que trabajan por cuenta propia sin plantilla y de las empresas con pocos empleados. Principalmente está pensado para pequeñas y medianas empresas y pequeños comercios.

En cuanto a las coberturas, protege al negocio frente a robos, roturas en la maquinaria, daños eléctricos, incendio, explosión y fenómenos naturales.

Si necesitas comparar las coberturas que te ofrece un seguro de convenio colectivo vs. uno de autónomos, solicita ayuda a nuestros asesores y resuelve todas tus dudas. ¡Nuestra prioridad es que tu negocio no deje de funcionar!

 

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Según qué actividad desarrolla el autónomo, la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil puede ser obligatoria o no. Con una póliza de este tipo un trabajador por cuenta propia se asegura de afrontar los posibles daños personales o materiales que pueda causar a terceras personas de manera involuntaria. Aunque suscribirlo no es de carácter obligatorio, sí es más que recomendable cubrirse las espaldas.
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