Se denomina Corresponsal de una aseguradora a las oficinas que por designación del propio Bureau o por solicitud de una Aseguradora extranjera, tenga la responsabilidad de tramitar y liquidar los siniestros acaecidos en su propio territorio, de conformidad con las cláusulas de los Convenios y sus disposiciones legales nacionales, como consecuencia de accidentes originados por vehículos cuyo estacionamiento habitual esté situado en el territorio de otra oficina signataria. 
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