Deducciones por rehabilitación energética: últimas semanas para aprovecharlas este año

Deducciones por rehabilitación energética: últimas semanas para aprovecharlas este año

02/10/2026

Si estás pensando en mejorar la eficiencia energética de tu vivienda, 2026 es un año especialmente importante. Las deducciones del IRPF por eficiencia energética del 20% y del 40% mantienen como fecha límite el 31 de diciembre de 2026, mientras que la destinada a la rehabilitación energética de edificios residenciales se prolonga hasta finales de 2027.

A estas ventajas se suma en 2026 una nueva deducción específica para determinadas instalaciones de autoconsumo renovable. Conocer los requisitos y preparar correctamente la documentación es fundamental para aprovechar estas deducciones energéticas dentro de los plazos establecidos.

Imagen de profesionales de negocios discutiendo documentos juntos durante una reunión en una oficina

Las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética son incentivos fiscales que permiten reducir la cuota del IRPF cuando se realizan determinadas actuaciones que mejoran energéticamente una vivienda o un edificio residencial.

Actualmente existen tres porcentajes principales de deducción:

  • 20% para determinadas actuaciones que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración
  • 40% cuando se reduce el consumo de energía primaria no renovable o se alcanza una determinada calificación energética
  • 60% para actuaciones de rehabilitación energética en edificios de uso predominantemente residencial

Estas deducciones son incompatibles entre sí respecto de una misma obra. Además, no basta con realizar una reforma considerada eficiente: la mejora energética exigida debe poder acreditarse conforme a los requisitos establecidos.

Los plazos dependen del tipo de actuación realizada.

En las deducciones del 20% y 40%, las cantidades correspondientes a las obras pueden satisfacerse hasta el 31 de diciembre de 2026. Además, el certificado de eficiencia energética posterior a la actuación deberá expedirse antes del 1 de enero de 2027.

Para la deducción del 60%, destinada a la rehabilitación energética de edificios residenciales, el plazo es más amplio. Las cantidades pueden satisfacerse hasta el 31 de diciembre de 2027 y el certificado posterior debe expedirse, en todo caso, antes del 1 de enero de 2028.

Por tanto, si la actuación se realiza sobre una vivienda y se quiere acceder a las deducciones del 20% o 40%, 2026 es el último año previsto actualmente para realizar los pagos correspondientes.

El porcentaje aplicable no depende únicamente de haber instalado un determinado equipamiento o realizado una reforma concreta. Lo importante es la mejora energética conseguida y acreditada mediante los correspondientes certificados.

Esta deducción se aplica cuando las obras permiten reducir en al menos un 7% la demanda conjunta de calefacción y refrigeración de la vivienda respecto a la situación anterior.

Pueden encajar actuaciones relacionadas con el aislamiento o los cerramientos siempre que permitan alcanzar el resultado exigido.

La base máxima es de 5.000 euros anuales y el porcentaje de deducción es del 20%, por lo que puede alcanzarse una deducción máxima de 1.000 euros.

Para acceder a esta modalidad debe conseguirse una reducción de al menos el 30% del indicador de consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética de la vivienda hasta obtener una clase A o B.

La base máxima de la deducción es de 7.500 euros anuales. Aplicando el porcentaje del 40%, el beneficio fiscal puede alcanzar los 3.000 euros.

De nuevo, el elemento determinante no es el nombre de la reforma realizada, sino que el resultado energético requerido quede correctamente acreditado.

La deducción del 60% está destinada a propietarios de viviendas ubicadas en edificios de uso predominantemente residencial en los que se realicen obras de rehabilitación energética.

La actuación debe permitir:

  • Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o conseguir una calificación energética A o B para el edificio

La base máxima anual es de 5.000 euros. Las cantidades que excedan ese límite pueden deducirse, con el mismo máximo anual, durante los cuatro ejercicios siguientes, sin que la base acumulada pueda superar los 15.000 euros. Esto permite alcanzar una deducción total máxima de 9.000 euros.

Una de las principales novedades fiscales de 2026 es la incorporación de una deducción específica para instalaciones de autoconsumo renovable, diferenciada de las anteriores deducciones por rehabilitación energética.

Desde el 1 de enero de 2026 pueden aplicarse, cuando se cumplen los requisitos legales:

  • Una deducción del 10% de determinadas cantidades satisfechas por instalar sistemas de autoconsumo de electricidad procedente de fuentes renovables en inmuebles propiedad del contribuyente
  • Una deducción del 20% para propietarios de viviendas situadas en edificios predominantemente residenciales donde se realicen estas instalaciones

Los sistemas pueden incluir almacenamiento y la base máxima anual es de 5.000 euros. La instalación debe realizarse durante 2026 y esta nueva ventaja es incompatible, para una misma instalación e inmueble, con las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética.

Por tanto, antes de aplicar una deducción a una instalación fotovoltaica conviene comprobar qué incentivo corresponde y qué requisitos deben cumplirse.

Para las deducciones del 20%, 40% y 60%, el certificado de eficiencia energética es una pieza fundamental. Se necesita comparar la situación antes y después de la actuación para demostrar que se ha alcanzado la mejora exigida.

El certificado previo puede haberse expedido como máximo durante los dos años anteriores al inicio de las obras, mientras que el posterior deberá obtenerse dentro de los plazos establecidos para cada deducción.

También conviene conservar:

  • Certificados de eficiencia energética correspondientes
  • Facturas de las obras, instalaciones y servicios profesionales
  • Justificantes bancarios de los pagos
  • Documentación relativa a las subvenciones recibidas
  • Datos necesarios para identificar correctamente el inmueble

Los pagos deben realizarse mediante tarjeta, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en una cuenta bancaria. Las cantidades pagadas en efectivo no dan derecho a estas deducciones. Además, las subvenciones públicas recibidas o concedidas deben descontarse de las cantidades que formen parte de la base de deducción.

Si quieres realizar una actuación durante los últimos meses de 2026, conviene planificarla con suficiente margen. No solo debe ejecutarse la reforma, sino que también hay que cumplir los requisitos documentales y energéticos dentro de los plazos correspondientes.

Puedes seguir estos pasos:

  1. Comprueba qué deducción podría corresponderte según el tipo de actuación y la mejora energética prevista
  2. Solicita el certificado energético previo cuando sea necesario
  3. Planifica la reforma teniendo en cuenta la fecha límite del 31 de diciembre de 2026
  4. Conserva todas las facturas y realiza los pagos mediante los medios admitidos
  5. Solicita el certificado energético posterior una vez terminadas las obras
  6. Comprueba que la mejora conseguida permite acceder al porcentaje de deducción previsto
  7. Guarda toda la documentación necesaria para incluir correctamente la deducción en tu declaración del IRPF

Una rehabilitación también puede modificar el valor y las características de tu vivienda. Tras realizar cambios importantes, conviene revisar tu seguro de hogar y comprobar que las nuevas instalaciones y características del inmueble están correctamente contempladas.

Si el desembolso necesario para acometer las actuaciones es elevado, también puedes estudiar distintas alternativas para financiar la reforma dentro de tu planificación económica.

Sí, determinadas deducciones también pueden aplicarse a viviendas propiedad del contribuyente que estén arrendadas para su uso como vivienda. Incluso pueden contemplarse inmuebles en expectativa de alquiler cuando se cumplan las condiciones y plazos establecidos legalmente.

La normativa establece limitaciones respecto a la parte de la vivienda que se encuentre afecta a una actividad económica. Por ello, si el inmueble tiene un uso mixto, es importante comprobar qué parte de las actuaciones puede generar derecho a deducción.

Sí. Entre las cantidades que pueden computarse se incluyen determinados honorarios profesionales, costes de proyectos técnicos, dirección de obras y emisión de los certificados de eficiencia energética, siempre que se cumplan las restantes condiciones.

Es posible que una actuación reciba una ayuda pública y tenga derecho a la deducción, pero la cantidad subvencionada debe descontarse de la base sobre la que se calcula la deducción. De esta forma, el beneficio fiscal se aplica sobre el coste que efectivamente soporta el contribuyente.

Sergio Ramírez
Colegio Mediadores de Seguros de Madrid: 78082

Desde 1999, Sergio Ramírez ha trabajado en MLM Seguros (Agencias Allianz), ocupando diversos roles. Su experiencia en seguros e inversiones le permite ofrecer soluciones personalizadas. Actualmente, gestiona un patrimonio significativo con su equipo y apoya nuevos proyectos con el mejor asesoramiento.

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