¿Cubren los seguros de hogar las catástrofes naturales?

06/10/2021
El seguro cubre catástrofes naturales
Los desastres naturales son fenómenos de gran magnitud que tienen lugar cerca de zonas habitadas y suelen provocar terribles pérdidas humanas y materiales. Los terremotos, erupciones volcánicas, maremotos, deslizamientos de tierra, inundaciones, huracanes y las tempestades ciclónicas son algunos ejemplos de fenómenos naturales que se convierten en desastres cuando superan el límite de la normalidad.
  • Cuando decidimos contratar una póliza que proteja nuestra vivienda una de las principales cuestiones que nos preguntamos es si cubren los seguros las catástrofes naturales. Por tanto, es normal que las personas que habitan en regiones con mayor exposición a riesgos de este tipo den mucha más relevancia a este asunto.
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  • Según el Instituto Geográfico Nacional, en España, las pérdidas previstas producto de los desastres naturales difieren de una zona geográfica a otra. Entre los riesgos más significativos y con mayores posibilidades de generar grandes desastres se encuentran los relacionados con la dinámica terrestre, aunque son poco frecuentes. También tenemos:
A lo largo de la historia, en nuestro país han alcanzado suficiente poder destructivo como para acabar con poblaciones enteras. En 1884, un terremoto en Andalucía afectó a unos cien núcleos urbanos entre las provincias de Granada, Almería y Málaga.
Para hablar de riesgo volcánico tenemos que trasladarnos a Canarias, la única región en España con vulcanismo activo. La erupción más reciente ha sido la del volcán de Cumbre Vieja en La Palma. No existe ningún seguro contra daños naturales de este tipo, sin embargo, como ocurre con otros tipos de desastres naturales, es el Consorcio de Compensación de Seguros la entidad pública que debe responder. ¡Más adelante te explicaremos cómo funciona!
En España es el riesgo más frecuente y extendido. El riesgo de inundaciones está presente en todo el territorio español y, de acuerdo con los datos de las compañías aseguradoras, es uno de los desastres naturales que implica mayores pérdidas y afecta al número más elevado de personas. En 2020, el Consorcio de Compensación de Seguros tramitó unos 35.348 expedientes de afectados por inundaciones y pagó 264.266.778 millones de euros en concepto de indemnizaciones.
Son otros de los desastres naturales que afectan gravemente al territorio español. Y es que, además de las pérdidas económicas y materiales que producen, los incendios ocasionan un impacto extremadamente negativo en el medio ambiente.
  • Que un seguro de hogar no cubra daños ocasionados por desastres naturales no significa que estemos desprotegidos. En situaciones tan complejas y devastadoras, quien toma las riendas es el Consorcio de Compensación de Seguros. Digamos que es la entidad pública empresarial responsable de asumir el coste de los daños, pero en casos determinados.
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  • Entonces, si no existe ninguna cobertura o seguro de desastres naturales, ¿cómo es que un ente público se hará cargo de nuestras pérdidas? Pues bien, lo primero que debes saber es que el Consorcio de Compensación de Seguros es un organismo público que sirve de apoyo al sector de las aseguradoras.
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  • Se financia a través de un porcentaje que está incluido en cada póliza y que se conoce como “recargo”. De hecho, cuando suscribimos una póliza, esta viene con dos contratos: uno es con la aseguradora y el otro, con el Consorcio de Compensación de Seguros que cubre las indemnizaciones por riesgos extraordinarios de los que no se hace cargo la empresa de seguros.
  • Por acontecimientos extraordinarios se entiende:
  1.  Fenómenos de la naturaleza como terremotos, maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, caídas de cuerpos siderales y aerolitos y tempestad ciclónica atípica.
  2. Los sucesos ocasionados de manera violenta producto de terrorismo, rebelión, motín, sedición y tumulto popular.
  3. Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz. Es decir que, si un representante de uno de estos cuerpos policiales del Estado se ve en la necesidad de realizar acciones que conlleven el deterioro de bienes materiales de una persona, esta será indemnizada por el Consorcio de Compensación de Seguros.

Para poder presentar una reclamación de indemnización ante el Consorcio de Compensación de Seguros, la persona o bienes que sufran los daños tendrán que estar cubiertos por una póliza de seguro de los ramos en los que existe el recargo obligatorio a favor del consorcio (accidentes, vehículos terrestres, vida, vehículos ferroviarios, incendio y elementos naturales, entre otros).

Además, es necesario que el riesgo extraordinario no esté cubierto por la póliza de seguro ordinario. En caso de estarlo, el Consorcio solo responderá si la compañía aseguradora no puede cumplir con sus obligaciones por haber sido declarada judicialmente en concurso o que, hallándose en una situación de insolvencia, estuviera sujeta a un procedimiento de liquidación intervenida.

Para que el Consorcio intervenga no es necesario que el desastre natural haya ocurrido en una zona amplia ni que los daños alcancen cifras desorbitadas. La protección se activará automáticamente siempre que se cumplan algunos de los eventos previstos. Por ello, es posible que la ayuda se aplique incluso a un único asegurado sin que la zona donde haya ocurrido el suceso sea declarada como catastrófica.

Otra cuestión que debemos tener siempre en cuenta es que la indemnización se calcula en función del capital asegurado y no en la prima que las aseguradoras destinan a esta entidad pública.

Como hemos explicado anteriormente, a falta de un seguro de desastres naturales, la indemnización tiene que ser tramitada a través del Consorcio. La solicitud puede hacerse telefónicamente o a través de la aseguradora.

Puede ser presentada por el asegurado, el tomador, el beneficiario de la póliza o por un representante legal. En el momento de efectuar la llamada es importante disponer de los siguientes datos:

  • Datos del seguro: nombre de la compañía aseguradora y número de póliza.
  • Datos personales de quien presenta la solicitud: nombre completo o razón social, NIF o CIF, dirección y teléfono de contacto.
  •  Datos bancarios para el pago de la indemnización.

A partir de ahí, se abrirá un expediente que se cerrará cuando se produzca la indemnización. Desde Allianz siempre aconsejamos documentar con fotografías los daños ocasionados por el desastre natural con la finalidad de facilitar la función del perito y agilizar el procedimiento.

Independientemente de que un seguro de hogar no ofrezca protección frente a desastres naturales, es más que aconsejable contar con uno que nos proteja ante robos, daños por agua, incendios, roturas de tuberías y las roturas de cristales. Todos son riesgos que están a la orden del día y de manera más habitual que un desastre natural. Pensar que estamos exentos de peligro es un grave error. Además, recuerda que, en caso de que ocurra un desastre natural y de que tu propiedad se vea afectada, para ser indemnizado por la entidad pública competente, tendrás que tener suscrito un seguro de vivienda.

 

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